Prisión permanente revisable… ¿Sí o no?


 
Según el art.25 de nuestra constitución las penas privativas de libertad están orientadas a la reeducación y reinserción social. Las prisiones además, ¿tienen que ser una medida para proteger al resto de ciudadanos en caso de delitos graves hacia niños, mujeres u otros indefensos y vulnerables? Si damos garantías a los delincuentes, justo sería dar también estas mismas garantías de seguridad a las posibles víctimas en especial estado de desprotección.

La prisión permanente revisable no es una cadena perpetua ya que a los 25 años, el condenado podría estar en libertad. En España hay gente cumpliendo condenas más largas, por lo tanto… Dediquemos nuestro tiempo a pensar en otros asuntos, que en este creo yo que ya no hay más que discutir.
 
   Inés Pérez  1ºC

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